Dos Ministras de la SCJN ordenaron hoy al Instituto Nacional Electoral (INE) continuar adelante con el proceso para ordenar la consulta de revocación de mandato del mandatario Andrés Manuel López Obrador.

La Comisión de Receso de la Corte suspendió la resolución del Consejo Gral. del INE, que el pasado 17 de diciembre acordó, por 6 votos contra 5, aplazar la consulta de revocación programada para el 10 de abril de 2022, a medida que no se cuente con el presupuesto primordial.

Las Ministras Yasmín Esquivel y Margarita Ríos-Farjat, las dos nominadas a la Corte por López Obrador, admitieron a trámite la discusión constitucional de la Cámara de Diputados contra el INE.

Además, concedieron una suspensión para que el INE no posponga ni una de las ocupaciones primordiales para la organización de la consulta, en aras de conservar los derechos políticos de la ciudadanía.

«Con la concesión de la suspensión se beneficia la continuidad de un ejercicio democrático y habitante. Además, el párrafo segundo del artículo 29 de la Constitución Política de la nación instituye que los derechos políticos no tienen la posibilidad de ser restringidos o suspendidos de forma general, por lo cual la ejecución del Consenso del INE pone en peligro el ejercicio acertado del derecho de la ciudadanía a dictaminar si revoca o no el mandato», aseveraron las Ministras.

Añadieron que el INE cuenta con mil 503 millones de pesos para la consulta, por lo cual hay «un indicador de viabilidad financiera», y que con dichos recursos debería continuar adelante con cada una de los periodos del proceso.

El INE puede impugnar tanto la admisión de la discusión como la suspensión, empero la Corte está de vacaciones, regresa el 3 de enero y las reclamaciones del órgano electoral difícilmente van a ser resueltas previo a febrero.

La admisión de esta discusión es una mediación inédita de la Corte para comprobar las elecciones del INE relacionadas con un proceso electoral especifico.

A partir de 1996, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está facultado para verificar las soluciones del INE sobre elecciones y procesos de revocación de mandato, según sugiere el articulo 99 de la Constitución.

Por cierto, tanto la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, como el partido Morena, ya apelaron frente a la Sala Preeminente del TEPJF la elección del INE.

Está por verse si los magistrados electorales resolverán dichos recursos -lo que podría llevar a sentencias contradictorias con la dictada hoy por la Corte-, o si acordaran que han quedado sin materia.

En la Corte además está pendiente la discusión del INE para impugnar la reducción de la solicitud presupuestal que presento a la Cámara de Diputados, que ha llevado a un déficit de 2 mil 237 millones de pesos para ordenar la revocación con el despliegue de casillas que ordena la ley.

El Ministro Juan Luis González Alcántara negó la semana pasada una suspensión al INE en esta disputa, sin embargo solo pues la consulta de revocación aún no es un hecho, o sea, aún no esta certificado que se juntaron las 2.7 millones de firmas válidas elementales para convocarla.

Ahora, las Ministras de la Comisión de Receso consideraron que seria un contrasentido que, por su cuenta, el INE se auto conceda la suspensión de la consulta, que no ha podido obtener en su propia discusión frente a la Corte.

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