Este 2021 varios estados de la República se pintaron de verde, pues la despenalización del aborto, entre avances y retrocesos, ha llegado a seis de los 32 Congresos estatales y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con una decisión judicial histórica.

Y es que las mujeres y colectivos feministas recibieron a lo largo del año las noticias de que los Congresos de VeracruzHidalgoBaja California y recientemente Colima aprobaron la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación; con esta decisión, los legisladores avalaron reformas a varios artículos del Código Penal y la Ley de Salud de las entidades sobre la interrupción voluntaria del embarazo.

Con estos avances a la legislación para garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos, los cuatro estados se sumaron a la Ciudad de México (2007) y Oaxaca (2019) con iniciativas similares.

Nunca más una mujer en la cárcel

Aún cuando sólo seis de los 32 estados han avanzado en materia de derechos reproductivos y sexuales, la Suprema Corte declaró, tras una decisión histórica votada por unanimidad el 7 de septiembre, que en México es inconstitucional penalizar a las mujeres y personas gestantes por interrumpir sus embarazos voluntariamente hasta la semana 12, lo que significa que nadie puede enfrentar procesos jurídicos por abortar.

Con esta acción, se determinó como inválido el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, el cual establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente interrumpiera su embarazo o a quien se lo practicara con el consentimiento de ella.

Además, la Corte extendió la invalidez al artículo 198, que impedía que la mujer fuera asistida por personal sanitario en un aborto voluntario, y a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación inseminación o implantación artificial.

Días después, el 20 de septiembre, el pleno de la SCJN invalidó la figura de objeción de conciencia establecida en el artículo 10 bis de la Ley General de Salud, a efecto de que el Congreso de la Unión legisle para establecer límites entre el derecho de los médicos y enfermeras a negarse a realizar algún procedimiento, y el derecho de las personas a acceder a servicios como la interrupción del embarazo.

La Ley te protege

De acuerdo con la organización Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (Andar), el aborto en territorio nacional es legal y está despenalizado bajo ciertas situaciones o condiciones contempladas en la Ley; estas circunstancias se conocen como causales, y cada estado del país determina cuáles de ellas acepta.

En total, México tiene 8 causales por las que se puede abortar sin que sea considerado un delito:

1.- Cuando el embarazo es producto de una violación (en los 32 estados)

2.- Cuando la continuación del embarazo afecta la salud física o psicológica de la mujer

3.- Cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer

4.- Si el producto presenta alguna malformación congénita grave

5.- Si el embarazo es producto de una inseminación artificial en contra de la voluntad de la mujer

6.- Si el aborto fue provocado de manera imprudencial, es decir, por un acto involuntario, imprudencial o accidental

7.- Cuando la economía precaria de la mujer se agrava al continuar el embarazo

8.- Por libre decisión de la mujer, independientemente de las razones detrás de su decisión

Así, las causales que se aplican por estado son:

Aguascalientes: violación, riesgo para la vida e imprudencia.

Baja California: libre voluntad, violación, riesgo para la vida, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Baja California Sur: violación, salud, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Campeche: violación, salud de la mujer e imprudencial.

Chiapas: violación, riesgo para la vida y malformaciones congénitas.

Chihuahua: violación, salud, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Ciudad de México: libre decisión, violación, salud, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Coahuila: ningún juez puede dictar una sentencia contra una mujer o persona con capacidad de gestar que ha decidido interrumpir un embarazo.

Colima: violación, salud, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.

Durango: violación, riesgo a la vida de la mujer e imprudencial.

Estado de México: violación, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves e imprudencial.

Guanajuato: violación e imprudencial.

Guerrero: violación, salud, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Hidalgo: libre decisión, violación, salud, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Jalisco: violación, salud de la mujer, riesgo para la vida e imprudencial.

Michoacán: violación, salud, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial, imprudencial y situación económica precaria.

Morelos: violación, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Nayarit: violación, salud de la mujer, riesgo para la vida e imprudencial.

Nuevo León: violación, salud de la mujer y riesgo para la vida.

Oaxaca: el aborto es legal por 7 causales a excepción de la situación económica precaria.

Puebla: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves e imprudencial.

Querétaro: violación e imprudencial.

Quintana Roo: violación, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves e imprudencial.

San Luis Potosí: violación, riesgo para la vida, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Sinaloa: violación, riesgo para la vida e imprudencial.

Sonora: violación, riesgo para la vida e imprudencial.

Tabasco: violación, riesgo para la vida e inseminación artificial.

Tamaulipas: violación, salud, riesgo para la vida e imprudencial.

Tlaxcala: violación, salud, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial y aborto imprudencial.

Veracruz el aborto es legal por 7 causales a excepción de la situación económica precaria.

Yucatán: violación, riesgo para la vida, malformaciones congénitas graves, imprudencial y economía precaria.

Zacatecas: violación, salud, riesgo a la vida de la mujer e imprudencial.

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