El Congreso del Estado de Morelos no se encuentra legalmente facultado para iniciar algún procedimiento de destitución en contra del alcalde de Jiutepec Rafael Reyes Reyes, lo cual estaba establecida en la fracción II del artículo 124 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, ello debido a que esta sanción ya fue declarada con anterioridad como inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Esta situación en la que se ha visto envuelto el Alcalde deriva de un laudo, detalló la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno de Jiutepec, del que precisa que “el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, con fecha 15 de junio de 2023 dictó resolución interlocutoria dentro expediente laboral 01/24/13, promovido por la C. Blanca Patricia Trinidad Esquivel”.
Los efectos de dicha resolución señalan que el asunto debe registrarse en el libro de destituciones remitidas ante el Congreso del Estado y notificarse personalmente a las partes y al presidente municipal de Jiutepec.
Sin embargo, la Consejería Jurídica señala que la determinación del tribunal laboral no es la destitución del Alcalde, sino que dicha instancia, “solo remitió los autos del expediente al Congreso del Estado para los efectos citados…Reiterándose que dicho órgano legislativo, no se encuentra facultado para suspender o revocar de su cargo a los Presidentes Municipales del Estado de Morelos”.
Asimismo, se informó que ante la citada resolución de fecha 15 de junio de 2023 dictada por el tribunal laboral, el presidente municipal promovió un juicio de amparo en el cual con fecha 16 de agosto de 2023, se le concedió la suspensión definitiva del acto reclamado, es decir, que los efectos de la citada resolución se encuentran suspendidos hasta en tanto el juez de garantías resuelva lo que conforme a derecho corresponda.
En el comunicado emitido por la Consejería Jurídica de Jiutepec se reitera que Rafael Reyes continúa al frente de la administración municipal.